Home > Noticias > Justicia aclara que los sordos y los ciegos no necesitan un informe médico para casarse

El Ministerio de Justicia está preparando una circular para aclarar que las personas con discapacidad visual o auditiva no tendrá que pedir dictamen médico para casarse, según han confirmado a Europa Press fuentes de este departamento.

Justicia, junto con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), trabaja en un texto para «aclarar» el artículo 56 del Código Civil, recientemente reformado y que entrará en vigor en junio de 2017. Este artículo establece por error la obligatoriedad de «dictamen médico sobre la aptitud para prestar el consentimiento de aquellos contrayentes que estuvieren afectados por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales«.

La circular, según señalan, explicitará que este dictamen médico sólo se refiere a supuestos muy excepcionales; es decir, aquellos en los que la discapacidad es muy grave y muy extrema y la persona no tiene plenas facultades para prestar el consentimiento de matrimonio de forma voluntaria. Por ejemplo, una persona con una discapacidad psíquica muy grave que no es autónoma y que depende de otra persona para hacer absolutamente todo.

Por su parte, el Cermi, la Once (Organización Nacional de Ciegos Españoles), la CNSE Confederación Estatal de Personas Sordas (Confederación Estatal de Personas Sordas) y Fiapas (Confederación Española de Familias de Personas Sordas) también han precisado que se trabaja para revocar esta medida.

En este sentido, subrayan que la nueva redacción del Código Civil, aprobado en julio de 2015, es «contraria» a los preceptos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad , que establece que «las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás, en todos los aspectos de la vida».

Justicia señala que, mientras se aborda el trámite de modificación de la normativa, que requiere de trámite parlamentario, se ha propuesto una resolución urgente en forma de circular que será emitida por la Dirección General de los Registros y del Notariado para realizar una aplicación «restrictiva, excepcional y limitada» de manera que sólo pueda aplicarse «si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas».

«Este artículo se refiere sólo a supuestos excepcionales en los que la discapacidad afecte de una manera muy categórica», asegura una portavoz del Ministerio de Justicia, que puntualiza que tantos los ciegos como los sordos «tienen capacidad para expresarse» y «no hay ningún problema para casarse».

Por su parte, el Grupo Socialista en el Congreso ha afirmado que va a corregir la «chapuza» del Gobierno del PP en la reforma de la Ley del Código Civil en lo referente a las personas con discapacidad sensorial. Para ello, va a registrar una proposición de ley para eliminar los artículos que limitan los derechos de las personas con discapacidad sensorial a la hora de contraer matrimonio.

El portavoz de la Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad, Joan Ruiz i Carbonell: «Ha sido un error garrafal del Gobierno del PP que se pretende corregir con una circular. Creemos que la mejor manera de garantizar los derechos de las personas es otorgarles seguridad jurídica, y eso se hace cambiando la ley para eliminar la mención a las ‘deficiencias sensoriales». Su iniciativa, en el caso de ser aprobada, modificará el artículo 56, párrafo segundo, del Código Civil y el artículo 58.5 de la Ley del Registro Civil.

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